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Congreso aprueba reformas que fijan límites a la prisión preventiva y amplían medidas sustitutivas

El Congreso aprobó con 139 votos el Decreto 23-2026, que reforma el Código Procesal Penal y establece un máximo de un año para la prisión preventiva, además de nuevos controles sobre los plazos de investigación y la aplicación de medidas sustitutivas.

Por Redacción30 de septiembre de 2026, 5:12 PM
Prisión

El Congreso de la República aprobó el Decreto 23-2026, que introduce reformas al Código Procesal Penal relacionadas con la prisión preventiva, las medidas sustitutivas y los plazos de los procesos penales.

La aprobación ocurrió durante la sesión plenaria del 29 de septiembre, con 139 votos a favor.

Entre los principales cambios se establece que la prisión preventiva no podrá superar un año, sin importar la etapa del proceso o el medio de judicialización. También se contempla el cese del encarcelamiento cuando transcurran 12 meses desde la presentación de la acusación sin que haya concluido la audiencia intermedia.

La prisión preventiva deberá sustentarse en elementos que acrediten peligro de fuga o riesgo de obstaculización de la investigación. El Ministerio Público deberá presentar los argumentos correspondientes, mientras que la defensa podrá plantear sus objeciones ante el juez.

El decreto también establece que la audiencia de primera declaración deberá realizarse dentro de las 24 horas posteriores a la aprehensión. La persona detenida no podrá ser trasladada a un centro de detención preventiva sin que se haya realizado esa audiencia y dictado el auto de procesamiento.

Más medidas sustitutivas

Las reformas amplían las opciones de medidas sustitutivas, entre ellas la presentación periódica, restricciones de movilidad, caución económica, arresto domiciliario y control telemático. Su aplicación quedará sujeta a la evaluación judicial y a las circunstancias de cada caso.

La normativa establece excepciones para determinados delitos, cuyos sindicados no podrán acceder a estas medidas. Entre ellos figuran homicidio y asesinato, delitos relacionados con armas de fuego, violación y delitos sexuales contra menores, secuestro, robo agravado y robo de celulares, extorsión, narcotráfico, falsificación de medicamentos y productos médicos, reclutamiento ilícito de menores, defraudación tributaria y aduanera y contrabando.

También quedan incluidos los reincidentes y delincuentes habituales.

Durante la discusión, los diputados aprobaron una enmienda para incorporar el reclutamiento ilícito de menores de edad dentro de las excepciones.

Nuevos controles

El Decreto 23-2026 crea una Unidad de Control de Medidas de Coerción, adscrita al Organismo Judicial, para supervisar el cumplimiento de estas disposiciones.

Además, incorpora mecanismos para revisar las medidas de coerción y controlar los plazos de investigación. También permite la realización de audiencias por videoconferencia cuando exista acuerdo entre las partes y se garantice la inmediación judicial.

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