Congreso remite a Arévalo decreto que exonera impuestos a los combustibles
El Decreto 22-2026, que suspende temporalmente el IVA y el IDP para varios combustibles, fue remitido este viernes al Organismo Ejecutivo luego de que venciera el plazo para presentar objeciones.

El Congreso de la República envió al Organismo Ejecutivo el Decreto 22-2026, después de que este viernes a las 16:30 horas concluyera el período establecido para presentar objeciones sin que se registrara ninguna.
La normativa fue aprobada de urgencia nacional el pasado 22 de septiembre con 148 votos y contempla la exención temporal del IVA y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) para gasolina superior, gasolina regular, diésel y gas oil.
Ahora corresponde al presidente Bernardo Arévalo decidir si sanciona, promulga o devuelve con observaciones el decreto. La medida entrará en vigencia después de su publicación en el Diario Oficial.
La exención está contemplada hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir del 1 de enero de 2027, los combustibles incluidos volverán a estar sujetos a las tarifas ordinarias de los impuestos.
El decreto establece que el beneficio tributario deberá trasladarse íntegramente al consumidor final mediante una reducción equivalente en el precio de venta. Las estaciones de servicio también deberán reflejar en la factura electrónica el monto de la exención aplicada por cada galón.
De acuerdo con las estimaciones incluidas en la normativa, la medida podría representar una reducción de hasta Q9.41 por galón para la gasolina superior, Q9.10 para la regular y Q6.34 para el diésel y gas oil.
El sacrificio fiscal estimado durante el período de vigencia asciende a Q3,318.4 millones, de los cuales Q1,332.2 millones corresponden al IDP y Q1,986.2 millones al IVA.
El Ministerio de Energía y Minas deberá elaborar el reglamento de la normativa dentro de los cinco días hábiles siguientes a su entrada en vigor.







